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8 de septiembre de 2010

En la prensa Julio 2010

«Nada demuestra que con endurecer las penas vaya a disminuir la criminalidad»

«En cuatro años, el Código Penal se ha cambiado 25 veces y el último tiene una vocación claramente punitiva»

Doctor en Derecho Penal y especialista en Criminología
Perfil : Alfonso Serrano Gómez

laopinióndezamora.es Zamora
M.ª JESÚS FERNÁNDEZ

El especialista en Derecho Penal Alfonso Serrano Gómez dio ayer a conocer las novedades que incorpora la última reforma del Código Penal, de la que critica el aumento del carácter punitivo. Su ponencia puso fin al curso impartido durante los últimos días en la UNED de Zamora sobre «Desarrollos de la criminalidad y de la punitividad en la España actual».


-¿Cuáles son las principales novedades que incorpora la última reforma del Código Penal?
-La reforma de 2010 que se ha publicado en el BOE en el mes de junio y que va a entrar en vigor en diciembre es muy ambiciosa. Introduce modificaciones en numerosísimos artículos y se inscribe en la larga tradición de reformas del Código Penal. Entró en vigor en mayo del 96 y desde entonces se han realizado unas 25 reformas. Eso es una mala noticia porque quiere decir que las leyes se cambian muy deprisa, que es algo a lo que el derecho penal tradicionalmente no estaba acostumbrado y puede ser un indicador de la inconsistencia de nuestros legisladores. La reforma no solamente altera muchos artículos sino que además tiene una vocación en términos generales punitiva, aunque incluye bastante ambivalencia. Introduce nuevas sanciones y aumenta las penas para muchos delitos e incorpora nuevos tipos penales. También en esto sigue la tradición de los últimos años en especial en la línea de la reforma de 2003, que también incorporó un carácter más punitivo.


-¿Se introduce un endurecimiento generalizado de las penas?
-Sí, hay un endurecimiento generalizado de las penas aunque con cierta ambivalencia porque hay algunos cambios que reducen el carácter punitivo en algunos casos concretos.


-¿Puede poner algún ejemplo concreto?
-No te puedo decir porque hay muchos casos en los que se amplían los tipos penales, se elevan las penas o se dificulta la posibilidad que hay en algunas situaciones para la sustitución de la pena.


-¿Valora negativamente ese incremento de la tendencia punitiva incorporada en la reforma?
-Yo creo que la gran mayoría de los investigadores ven con preocupación y como algo negativo este aumento de las penas. No hay ninguna razón ni ninguna evidencia desde el punto de vista criminológico que sugiera que el aumento de la punitividad disminuye las tasas de criminalidad. En segundo lugar, esa tendencia infringe los principios básicos tradicionales del Derecho Penal clásico, que tiene una vocación garantista y que está basado en los principios de legalidad, mínima intervención y culpabilidad. Reformas de este tipo no respetan estos principios por lo que habría que preguntarnos hasta qué punto estamos manteniendo un derecho penal garantista o si los nuevos tiempos invitan a un Derecho Penal que ha dejado de ser garantista. El derecho penal garantista siempre había sido considerado como una gran conquista social porque nos protegía frente a la injerencia del Estado y si perdemos esa barrera los gobiernos van a tener mucha más capacidad de influir en nuestras vidas que hasta ahora y eso tiene una valoración negativa.


-¿Ese aumento del carácter punitivo se contempla para dar respuesta al incremento de los índices de criminalidad de la sociedad actual?
-Ese argumento no sirve porque España, y eso hay muchos indicadores que lo demuestran, tiene una tasa de criminalidad muy baja, muy por debajo de la media europea. Paradójicamente, salvo alguna excepción, somos uno de los países europeos con una tasa de encarcelamiento más alta. El número de personas que están en prisión por cada 100.000 habitantes es muy superior a la media europea.


-Sin embargo, la opinión pública no tiene esa percepción y reclama un alargamiento de las penas, ¿a qué se debe esa imagen errónea?
-En todos los países la opinión pública tiene la impresión de que aumenta el delito, de que en general los delitos son graves y que las penas son benévolas. Los datos que tenemos demuestran justo todo lo contrario: las penas son duras, la tasa de criminalidad es baja y probablemente no está aumentado, aunque esto último es más difícil de medir porque no tenemos medios para ello.


-Entre los aspectos más discutidos se encuentran los cambios introducidos en la aplicación de la libertad vigilada, ¿cuáles son los más destacados?
-La libertad vigilada está relacionada con la responsabilidad penal de las personas jurídicas. La reforma es muy amplia y se cambian muchos artículos. La libertad vigilada es una medida de seguridad que se impone una vez que el acusado ha cumplido la pena y se basa en la presunción de peligrosidad, un concepto difícil de determinar objetivamente. La reforma no especifica los dispositivos que se van a poner en marcha para aplicar esa libertad vigilada.


-En cuanto a la prescripción de delitos, ¿se incorpora alguna mejora para evitarla?
-La reforma aumenta el plazo mínimo de prescripción de los delitos de tres a cinco años porque se reconoce que la justicia va más lenta de lo deseado. En derecho el paso del tiempo siempre tiene unos efectos y eso tiene una mayor punitividad en el sentido de que los delitos tardan más en prescribir.


Alfonso Serrano


Licenciado en Derecho por la Universidad de Salamanca y doctorado en la Universidad de Madrid. Es profesor en Derecho Penal y Criminología en la Universidad Nacional de Educación a Distancia, donde también ha sido director del Departamento de Derecho Penal y Criminología, secretario general de la Universidad y miembro del Consejo Social, del consejo de Gobierno y del claustro. Ha impartido clases durante más de 20 años en la Academia de Oficiales de la Guardia Civil de Aranjuez. Está considerado uno de los pioneros en investigación empírica en el campo de la crimonología con el desarrollo de numerosos estudios.

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